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Registro de contratos alimentarios

 Inscripción de contratos que se formalicen con productores primarios o con una agrupación de productores primarios (incluye los contratos de integración y los contratos de las cooperativas con no socios).

 El contrato debe inscribirlo el comprador antes de la entrega del producto.

 Entrada en vigor: 30/6/2023.

 La inscripción no es requisito de validez de los contratos.

 Infracciones por la falta de inscripción:

• Leve: 1ª falta de inscripción. 
        Sanción de 250 € a 3.000 €.
• Grave: 2ª o ulteriores infracciones en el plazo de 2 años.
        Sanción de 3.000 a 100.000 €.
• Muy grave: reincidencia en infracciones graves en el plazo de 2 años.
        Sanción de 100.001 a 1 millón de €.

Más información:


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